La defensora de derechos humanos Claudia Yurley Quintero, analiza desde su larga experiencia en el tema, la situación de la trata y la explotación en Colombia. La prostitución se nutre de la trata y es necesario entenderlo desde un enfoque de derechos humanos.
El tema principal es que la trata en Colombia se relaciona directamente con la problemática de los herederos del paramilitarismo y los líderes sociales lo hemos denunciando reiteradamente. Estos grupos, aprovechando el proceso de Paz, la salida de las Farc de los territorios y el abandono estatal, vieron en la trata de personas un negocio rentable e incluso, utilizan para este fin las mismas rutas del narcotráfico. No sólo incursionaron en la trata de personas, sino también en la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes y en la utilización de niños y niñas para cometer delitos vinculados, por ejemplo, con el microtráfico en las ciudades.
¿cómo desarticular una red de trata de personas cuando la misma justicia dice que a los proxenetas se les debe respetar su derecho al trabajo y que, por lo tanto, se deben reabrir los prostibulos[1]? Existe un veto implícito al cuestionamiento de la demanda de sexo, de la mano de obra barata, del extractivismo, y de la denuncia de bandas que están utilizando a los niños para cobros y extorsiones. Hay toda una economía ilegal, dentro de la cual se mueve la trata, con un lobby que gestiona en Bogotá.
Existe el riesgo, que el Estado se lucre de la explotación sexual de las niñas y los niños, lo que sería perverso. Con el Código de Policia*, por ejemplo, si en un prostíbulo se encuentra a una niña, se cobra al proxeneta una multa de 600 mil pesos. ¿De dónde viene la multa? De la explotación sexual de la niña. Las ONG´s que asesoran el desarrollo de la política pública que busca “regular” la prostitución ya hablan de niñas/niños que venden sexo. Incluso difunden en redes sociales documentación y estudios dónde no se habla de niños y niñas explotados sino de trabajadores sexuales. Es muy preocupante.
Ese lobby gestiona para que se reabra un prostíbulo dónde no se presume si hay trata. Queremos que la prostitución ajena se vea como lo que es “Trata de personas”. En Bogotá las mujeres en situación de prostitución son de otras regiones; hay muchísimas venezolanas, entonces sí hay una captación, un traslado, un transporte y una acogida y sí se cumplen los verbos rectores de la trata. Una trata que funciona para satisfacer un mercado que está garantizado en el centro de la ciudad.
La trata de personas no es un tema de agenda, Una de las razones es porque no existe un movimiento de víctimas de trata en Colombia. El tema del conflicto se visibilizó y hay política pública porque hay víctimas que salieron a luchar por sus derechos. Por otra parte, al ser una situación juzgada mal por la sociedad y al ser las mujeres víctimas hostigamientos constantes por parte de las bandas captoras, una vez que recuperan su libertad sólo quieren huir lo más lejos posible y no volver hablar del tema. Apuntarle al empoderamiento político de las víctimas de trata de personas, nos podría ayudar a que el tema esté en agenda.
La política de restitución de derechos de niños, niñas y adolescentes es pobre. Colombia tiene una gran estrategia para combatir la trata y las organizaciones sociales la estamos llevando a cabo. En lo que siempre he sido crítica es en el sistema de protección que está liderando el Instituto del Bienestar Familiar. Para mi el ICBF es un monstruo administrativo que tiene muchas responsabilidades, maneja mucho dinero, pero no se orienta a combatir y prevenir estos delitos. Colombia nunca ha atendido a un niño/niña víctima de trata como tal. Para el ICBF, hasta este momento que hicimos incidencia, un niño maltratado físicamente por su padre era igual a uno víctima de trata, así que entraban al mismo proceso de restitución de derechos. Logramos que se decidiera a crear una guía de tratamiento para víctimas pero su tratamiento sigue siendo el mismo: el encerramiento.
Una de las cosas que sueño es que algun día podamos tener en Colombia un Estatuto contra la esclavitud. Tenemos la trata de personas regada por todo el código penal, se tipica de diferentes formas y se necesita una unificación legislativa, y claro, que necesitamos reglamentar totalmente la ley de trata. No ha sido fácil porque hay un lobby muy grande que favorece la trata de personas y los activistas nos quedamos cortos.
¿Cómo luchar contra la desconfianza que representa el sistema judicial colombiano al acompañar a una víctima a que denuncie?
Ellas se atreven a denunciar. El problema va más allá, cuando por ejemplo exculpan a un tratante porque en la casa de alojamiento había una cama, un televisor, y un baño[2]. ¿De qué sirve el trabajo policial si en el estrado judicial, con el argumento ideológico de que la mujer no era víctima sino trabajadora sexual, se dejen libres a los tratantes? Ocurrió en mayo, el tribunal de Bogotá exculpa a una tratante, y uno de los argumentos es que ella consintió el trabajo, cuando se sabe que en la trata de personas el consentimiento no es relevante, y otro de los argumentos que da el magistrado es que la habitación tiene una cama, una habitación y un baño.
La fiscalía no apeló la sentencia.
Es urgente que la reglamentación de la prostitución no siga. Queremos que se dé un gran debate, como se dio en Francia, donde toda Colombia participe. Un debate en el Congreso y no de facto como lo está queriendo hacer ahora la Corte. No tiene sentido que una sentencia de tutela obligue al Ministerio de Trabajo a reglamentar la prostitución cuando éste no puede garantizar los derechos humanos de las personas en situación de prostitución ¿Cómo va a garantizar el Ministerio de Trabajo su seguridad biológica, su ARL o el seguro de vida, cuando es el grupo humano más asesinado en el mundo? ¿Qué aseguradora se haría cargo? ¿Los colombianos están dispuestos a pagar más impuestos para que ellas puedan ser pensionadas a los 40 años? Porque su vida laboral termina a los 40 años.
[1] Sentencia de tutela T-073/17 [2] “El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el pasado 10 de mayo de 2017 exculpa a una mujer condenada por trata de personas, responsabilizando a la víctima e inspirado en las sentencias de la Corte antes mencionadas, el Magistrado ponente argumenta que la víctima no es tal al dar su consentimiento, que era una “trabajadora sexual” consiente de su labor y que la tratante tampoco era criminal si no una persona que tiene un “negocio” legal. (Víctima Diana Carolina Galvis Tarazona)” Corporación Anne Frank.
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