La trata de personas en Colombia es un problema bastante grave, no solo por la cantidad de problemáticas que se cruzan en la realidad social de las personas, sino porque este estado se caracteriza por ser un estado negacionista de la violencia contra las mujeres y las niñas. Aunque contamos con un marco legal que ha sido claro y que ha seguido los lineamientos del derecho internacional y los tratados internacionales que como país se han ratificado, existen, en la práctica muchas falencias que siguen poniendo a mujeres y niñas en lugares de mayor vulnerabilidad para sufrir este flagelo. En los últimos años, además, se ha acrecentado la problemática dado los proceso de flujo migratorio y el paso de Colombia de país emisor a receptor activo, en el caso de la migración de personas venezolanas hacia Colombia, personas que también cumplen un perfil socioeconómico bastante precario y que las convierte fácilmente en víctimas de trata de personas, sobre todo, con fines de explotación sexual.
El artículo 188a del código penal explica de manera clara y pone de manifiesto los verbos rectores que se dan en un proceso del delito de trata de personas, sin embargo, las personas encargadas de las investigaciones, abordaje y prevención, parecen no entender aún de que va este delito, desestimando las cifras alarmantes, sobre todo los subregistros, que ocurren no solo a nivel nacional sino también latinoamericano y del mundo.
Por ejemplo, teniendo en cuenta cifras de un informe de OIM del año 2020, entre 2013 y 2020 se registraron 686 casos de trata de personas, de los cuales el 82% fueron mujeres, de los cuales, 408 casos fueron con fines de explotación sexual, contando también con cifras alarmantes de trata externa e interna.
En otros datos de la embajada americana en el Informe sobre la Trata de Personas del año 2020, se conoce que la fiscalía general de la nación recibió 188 posibles procesos de casos de trata en 2019, procesaron a 33 sospechosos y condenaron a 19 traficantes, sin embargo, las autoridades competentes, en los informes respectivos, no compartieron mayores detalles sobre los procesos realizados.
De acuerdo con este informe, los esfuerzos de proteger a las víctimas por parte del gobierno fueron “superficiales e inadecuados”, aun cuando el número de víctimas identificadas fue mayor, encontrándose un contraste de cifras de 124 víctimas detectadas en 2019, 114 en 2018, 96 en 2017 y 68 en 2016. Una de las falencias identificadas, fue que los funcionarios no tenían conocimiento del protocolo de ONUDD, que es el protocolo utilizado para la identificación de víctimas. Y en la ciudad de Cali, por ejemplo, al parecer se llevó a cabo la elaboración de un protocolo de identificación de víctimas, pero ningún funcionario o funcionaria recibió capacitación al respecto. Adicionalmente, se detectó que las víctimas no eran remitidas a los servicios estipulados.
En general, en Colombia, las víctimas son revictimizadas, se les exige identificarse como víctimas o al existir un “consentimiento” los casos no son abordados de manera correcta, no se les brinda medidas de atención, ni de reparación y mucho menos, garantías de no repetición. Las cifras de víctimas rescatadas son ínfimas en comparación con cifras de países como Argentina o Perú.
Jeimy Tatiana Salas Rolón
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